
En Liquidaciones al revisar contratos, previo a la Liquidación, verificar las Bajas Pasivas (BP), Cambiarle la Situación de Revista a 15 E.S.E. Cese transit.Servicios(Art6°.inc.6 y 7 Dec.342/92), y poner como fecha de la misma el día siguiente de la fecha de baja que figura en el contrato en Validez-Hasta.
(Nótese que a la derecha figurará el tilde de Baja Pasiva)

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Luego Liquidar normalmente, el Contrato de Baja Pasiva será tomado como una "Baja Pendiente de Liquidación" para todos los efectos (Salvo para Indemnizaciones y Liquidaciones Finales) Es decir, el sueldo mensual liquidará hasta la fecha de Baja Pasiva y luego no será liquidado una vez que el mes de baja haya pasado. (Se informará como un error de Liquidación "Contrato Vencido")
(Nótese que la Fecha de Baja del Contrato se habrá sincronizado con la de baja Efectiva de RRHH).
Atención!!: La fecha de Liquidación de Liquidaciones Finales/Indemnizaciones debe ser la de baja o como máximo la de último día del mes de Baja.